La Reforma Laboral de la “Nueva Mayoría”
Anomalías que anulan el discurso sobre potenciar la gestión
de los sindicatos.
X MANUEL AHUMADA LILLO/Presidente C.G.T./ PULSO SINDICAL Nº
304- 305 ENERO 2016
Respecto de las reformas:
1.- Se hizo todo un trabajo de comunicaciones desde el
gobierno y los partidos que lo sostienen, para trasmitir a la opinión pública
que las reformas laborales apuntaban a mejorar sustancialmente la situación de
los trabajadores.
Esto fue complementado con la aceptación de las mismas
reformas por parte del único actor que el modelo reconoce como representativo
de los trabajadores, la CUT, quienes llegaron a decir - en una frase que hasta
el día de hoy deben lamentar - que estas reformas “ponían término al Plan
Laboral de la dictadura”.
La guinda de la torta para convencer a los más reticentes,
fue decir que eran tan buenas las reformas que hasta los patrones estaban en
contra de ellas.
¿Que tenemos en este año trascurrido desde que se presentó
el proyecto de reformas?
Un discurso gubernamental apoyado por el sindicalismo
obsecuente apuntando a instalar en las mentes trabajadoras la idea
que estas reformas van en la dirección correcta al mejorar la organización y el
poder de negociación, discurso que es anulado por antecedentes indesmentibles.
Actualmente en mas del 90% de las empresas chilenas es
difícil o simplemente imposible organizarse y negociar.
A esto se debe agregar la opinión de algunos senadores de la
Nueva Mayoría y varios diputados, convencidos de que hay que dar garantías
especiales a la PYMES, cuando es precisamente en este sector donde se presentan
los mayores problemas, en cuanto abuso y persecución a quienes buscan
organizarse.
Estos antecedentes, que pusimos como organización sindical
en la discusión desde la aparición del proyecto de ley, y que muchos han
calificado de catastrofista son ratificados por la ENCLA 2014 que entrega la
Dirección del Trabajo, y que dan cuenta que en el 86% de las empresas nunca ha
habido sindicato
2.- Las principales ideas - fuerza del proyecto de ley, se
anulan durante la discusión.
a) No habrá mas y mejores condiciones para la
negociación colectiva, toda vez que todos aquellos sindicatos que
negociaron y que volverán a hacerlo post – reformas, deberán hacer frente no
solo a la permanente campaña del empleador por destruir la organización
sindical y que implica perdida de socios por campañas antisindicales que nadie
sanciona, sino que también deberán contar con los quórum mínimos exigidos para
la constitución de un sindicato, de otra manera estarán IMPEDIDOS de negociar
colectivamente en forma reglada (Articulo 328 del proyecto de reformas
laborales).
La cuestión podría ponerse aún mas grave para la
organización sindical, de prosperar una indicación del Senado que, aunque
ratifica el principio de que los trabajadores se mantendrán afectos a la
negociación colectiva una vez hecha la presentación del proyecto, podrán dejar
de estarlo si es que renuncian al sindicato para lo cual solo deben enviar una
carta certificada a la directiva sindical, con copia a la Inspección y a la
empresa, lo que hasta ahora no estaba permitido (articulo 324 del proyecto de
reforma)
b)No se instala “el piso” como un elemento efectivo de la
negociación entre partes, toda vez que la reforma mantiene los principios
vigentes, esto es negar a los trabajadores la posibilidad de mantener lo
acordado con la empresa en la anterior negociación colectiva (articulo338 del
proyecto).
c) No es totalmente cierto que solo la afiliación
sindical permitirá acceder a los beneficios del instrumento colectivo suscrito
entre empresa y sindicato, ya que una indicación incorporada en el Senado dice
que, si la empresa incorpora en su respuesta al proyecto presentado por los
trabajadores las cláusulas pactadas de reajuste de remuneraciones según
IPC, podrá aplicarla a todos sean o no parte del contrato colectivo, sin
que se debe pagar extensión de beneficios por esto.
Hasta ahora la sola extensión de este reajuste daba lugar a
reclamar por “extensión de beneficios” (articulo 323 de proyecto de reformas).
Para nadie es un secreto que la presión patronal puede
frenar la afiliación post – negociación, ofreciendo este reajuste y otro tipo
de compensaciones a condición de que nadie entre al sindicato, sin obviar por
cierto el temor hasta hora existente de los trabajadores a ser parte de
la organización Y no debemos perder de vista que sigue vigente la
posibilidad de constitución de sindicatos pro – empresa.
Estas son solo algunas joyitas de la reforma, en el
próximo Pulso veremos otras. Nadie podrá decir que no sabía lo que tramaron los
detentadores del poder, nadie podrá alegar ignorancia. Solo queda ponerse a
trabajar para anular con gestión sindical una mala ley.
Es bueno y ayuda a la discusión entre los trabajadores que
sigamos viendo normas que retrotraen derechos, pero asimismo debemos insistir
con firmeza en que el camino hasta ahora escogido por parte del movimiento
sindical organizado no es el que corresponde a las urgencias que se
viven.
Por algo tenemos lo que tenemos, cuando se habla de
propuestas para “mejorar las condiciones de los trabajadores”. Ya algunos han
dicho que solo damos cuenta parcial de las cosas, me han preguntado incluso por
lo bueno de las reformas. Reitero que eso que llaman bueno es tan menor en
relación con lo que nos friega que ya vendrán los defensores de la reforma a
hacer su pega. Nosotros pretendemos seguir clarificando algunas cosas a
nuestros compas en la dirigencia y la militancia sindical.
Otras sorpresas de la reforma son:
3.- Ni siquiera el piso rasca se respetará
siempre: Así lo dice la reforma, cuando establece que las partes
podrán (como si negociaran en condiciones de igualdad) convenir rebajar el
piso de la negociación a que se refiere el articulo 338 (de la reforma) cuando
las condiciones económicas de la empresa así lo justifiquen (Articulo 343 de la
reforma).
Esta condición aplica incluso cuando los trabajadores
optaran por suscribir un contrato colectivo sujeto a las estipulaciones del
piso de la negociación. (O sea, cometen el descaro de decir que se asegura un
piso para a, reglón seguido, establecer en mecanismo para saltarse dicho
aseguramiento) (Articulo 344 de la reforma).
4.- La huelga que continua siendo poco clara. La
reforma garantiza el derecho a huelga, de quienes están negociando, por lo que
se prohíbe el reemplazo de los puestos de trabajo de los trabajadores en
huelga. No obstante los trabajadores deberán denunciar la presencia de los
rompehuelgas para que la Inspección requiera el retiro inmediato de los
reemplazantes de los puestos de trabajo en huelga. Si el empleador se niega,
cosa que hace muy a menudo, la Inspección debe denunciarlo al Juzgado de letras
del Trabajo y será el tribunal el que ordene el retiro de los reemplazantes
(Articulo 347 de la Reforma).
Hoy en día esta norma está vigente y pasan varios días,
incluso semanas antes de que dicho retiro se produzca. Conclusión, la huelga es
un fracaso.
Este es el gran avance del que tanto se jactan, en lo que al
derecho a huelga se refiere?
5.- La seguidilla de ofertas con huelga en curso que
solo busca minar la confianza de los huelguistas: Durante el desarrollo de
la huelga la empresa podrá presentar nuevas ofertas las que deberán ser votadas
ante ministro de fe. Si es rechazada esta oferta puede ser presentada una nueva
cada 5 días después de transcurrida la votación de la ultima. Que se busca con
esto?. Nada más que presionar a los trabajadores y su organización. Esta
también es una indicación ingresada en el Senado (articulo 357 de la
Reforma.
6.- La suspensión de la huelga, otra estupidez sin
explicación: En lo que mas perece un chiste cruel que una norma legal, la
nueva reforma plantea que las partes podrán acordar la suspensión temporal de
la huelga por el plazo que estimen pertinente (Articulo 358 de la Reforma).
O sea, no solo se imponen un proceso dilatorio para sacar a
los rompehuelgas y se faculta al empleador para presentar nuevas ofertas que
pueden ser las mismas todo el tiempo, sino que también se legisla para que las
partes (otra vez este cantito como si habláramos de partes con cierta igualdad
de derechos) puedan SUSPENDER la huelga. Con que fin?. Solo servirá para que el
patrón ofrezca estudiar una nueva oferta, saque la producción detenida a la
venta y luego retome la huelga, sin resultado alguno para los trabajadores.
7.- Los propios trabajadores deberán resolver entre
ellos quien trabaja mientras los demás están en huelga: El proyecto da
una larga lata con la calificación de los servicios mínimos y equipos de
emergencia, que deberán actuar en caso de huelga. Se trata de que los propios
trabajadores resolverán quienes de ellos siguen trabajando si la empresa
determina que requiere de tales o cuales posiciones para asegurar el
funcionamiento de la empresa. Se remunerará a quienes cumplan estas funciones,
hay plazos para que la empresa los solicite, los trabajadores se deben
pronunciar y si no hay acuerdo puede suspenderse el proceso hasta que resuelva
el tribunal (Artículos 360 y 361 de la Reforma).
¿Bonita manera de asegurar el derecho a huelga en negociación
colectiva, cierto?
Hasta aquí llegamos en este Pulso con un vistazo a las
reformas, socializarlo es la tarea de cada sindicalista con sentido de clase.
El sistema continuará imponiendo sus criterios si los
organizados no damos con alguna forma o instrumento que nos lleve a enfrentarlo
con algo mas que declaraciones, marchas y una que otra acción audaz.
Ya deben estar claros aquellos que apuestan solamente al
lobby en el parlamento y los distintos ministerios, que ese es un camino
perdido.
Lo que sale para ser discutido desde las oficinas
palaciegas, es aquello que ya acordaron los que la llevan.
Los dueños del poder no van a poner en discusión ninguna
norma que les quite espacios o les limite en su actuar. Ellos tienen claro lo
que quieren desde antes de exponerlo. Solo buscan a las organizaciones y sus
dirigentes para darle un barniz de participación al engendro que parieron.
Son muchos los que dicen estar en contra de este modelo de
gestión, y sin embargo el sistema ha ido instalando cada una de sus leyes y las
organizaciones sindicales siguen sin dar pie con bola.
No cabe duda que las Centrales Sindicales han dejado la
grande. Que la dependencia de los partidos ha hecho de su actuar algo anodino,
sin mas marca que un desprestigio que se extiende como una mancha imposible de
quitar. Pero solo ellas son responsables?.
Ciertamente no y ya es hora de que vamos poniendo las cosas
en su lugar.
No podemos ni debemos esperar nada de las Centrales. Solo lo
que hagamos o dejemos de hacer marcará el presente y el futuro de la
organización sindical. Por lo tanto no podemos ocupar sus mismos esquemas de
gestión para llegar a los trabajadores.
Las reformas laborales saldrán según acuerden las mayorías
representadas en el Parlamento y serán aplicables a todos los trabajadores, ya
sea que se digan de gobierno u oposición, se califiquen de apolíticos o cierren
filas en algo más radical.
La tarea entonces es desmenuzar lo que buscan y desde ahí
construir el dique que al menos frene esta ofensiva del capital.
Para nosotros eso es el Pliego de los Trabajadores y se hace
perentoria la construcción de un proyecto colectivo tipo, que resguarde
los derechos que serán atacados.