“Maridos oprimidos”: oportunistas de última hora
X Jenny Ybarnegaray Ortiz/(BOLPRESS)
Tuvo que llegar el feminicidio a la casa de la prensa
nacional para que, finalmente y después de años de gestión, la Asamblea
Legislativa Plurinacional tuviese a bien tratar el proyecto de ley mediante la
cual se pretendía sancionar la violencia en contra de las mujeres bolivianas.
No es mucho lo que sabe acerca del contenido de la ley,
salvo que eliminaron once artículos del proyecto en debate y que, como
resultado del mismo, los miembros de la cámara de diputados introdujeron la
“pequeña” modificación de “toda persona”, de modo que la ley no sólo
sancionaría la violencia en contra de las mujeres sino de cualquier persona que
fuese víctima de violencia. Con tan dichoso agregado, también se modificaría el
título de la norma que dejaría de ser “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres
una Vida Libre de Violencia” para convertirla en “Ley Integral para Garantizar
una Vida Libre de Violencia”, pretendiendo de este modo otorgarle un carácter
“verdaderamente integral”.
Según trascendidos de la prensa, el proyecto fue debatido en
la cámara de diputados por aproximadamente quince horas. Este debate debió ser
transmitido por los medios de comunicación del estado, para dar cuenta de lo
que piensan las diputadas y los diputados acerca del tema, para conocer qué
imágenes, criterios, pensamientos, juicio y prejuicios contienen sus ideas.
Digo esto porque, de verdad, me provoca una enorme curiosidad conocer qué
argumentos condujeron a semejante despropósito. ¿Es que no hay manera de hacer
entender a las y los representantes del pueblo que lo que se está tratando en
este proyecto de ley es la violencia basada den género? ¿Acaso no les queda
claro que cuando nos referimos a ley “integral” estamos hablando de una norma
que sancione todas las formas de violencia en contra de las mujeres?
Pero, ahí aparecieron seguramente los y las oportunistas
para “colgarse” de los beneficios y resguardos que se pretende, siquiera en una
oportunidad, otorgar a las mujeres. Ahí aparecieron los “maridos oprimidos”
para reclamar su parte de la torta y las/los no menos oficiosos representantes
de los derechos de todos los sectores para recordar a los “padres/madres de la
patria” que “cualquier persona” puede ser víctima de violencia, lo que está por
demás registrar porque ciertamente todas las personas podemos serlo, aunque no
todas somos igualmente vulnerables a la violencia basada en género, que es lo
que se pretende poner de manifiesto con esta norma.
Entonces quizás sucedió que tan “dignos representantes del
pueblo” pusieron la cara circunspecta para asentir con mucha seriedad una
verdad de Perogrullo y modificar en su esencia el contenido de la ley, con una
absurda e ignara pretensión de ecuanimidad, lo que no me sorprende en absoluto.
Aquí cabe preguntarles ¿qué tienen para exhibir estos oportunistas de última
hora para equipar la violencia en contra de las mujeres a la de “cualquier
persona”? Y, si tan “integral” pretenden que sea la ley ¿por qué no incluir ahí
mismo todas las formas de violencias habidas y por haber, como por ejemplo la
violencia estatal, los crímenes de guerra y las demás formas de violencia
registradas en el código penal?
¿Cuántos maridos/ concubinos/ novios y cónyuges han muerto
en manos de sus parejas de sexo femenino (o masculino, en caso de los gay) en
los últimos cinco años. ¿Cuántos de ellos han sido despojados de sus bienes, de
su dignidad y de su autoestima? ¿Cuántos pueden exhibir en sus cuerpos
cicatrices de quemaduras, cortes, fracturas y otros tipos de lesiones
infringidas por sus parejas? Y si los hay, de seguro serán excepciones –en una proporción
imposible de equiparar– que confirman la regla, de que son las mujeres quienes
por decenas de miles están en condiciones de exhibir su condición de víctimas
de violencia basada en género.
En otro ámbito, quizás más sensible por su dimensión y condición
de vulnerabilidad, está la niñez y adolescencia que sin duda alguna también es
víctima de violencia. Sin embargo, para información de las y los “ecuánimes”
legisladores, existe una “Convención Internacional sobre los Derechos del Niño”
que tiene rango de ley al haber sido suscrita y ratificada por el estado
boliviano y existe un “Código del Niño, Niña y Adolescente” (Ley Nº 2026 de
27/10/1999) que contiene más de 300 artículos en resguardo de los derechos de
este sector de la población. Entonces ¿cuál la necesidad de incorporarlo en la
norma que se está tratando ahora? Similares argumentos se pueden presentar con
relación a otros sectores de la población, como los de los colectivos TLGB, las
personas con discapacidades y hasta los jóvenes que prestan el servicio militar
obligatorio quienes, por cierto, con harta frecuencia también son víctimas de
violencia.
Dudo sinceramente de que tal despropósito logre ser
revertido en la cámara de senadores porque, aunque ahí existe una
proporcionalidad de género más equilibrada que en la cámara de diputados,
también hacen mayoría quienes, como Rebeca Delgado y Flora Aguilar, creen haber
logrado un gran avance al haber incorporado a “todas las personas” como sujetos
de la norma.
De aprobarse la ley con la distorsión mencionada, espero que
al menos las organizaciones de mujeres levanten banderas de dignidad para
denunciar una nueva traición al proceso de reivindicación de los derechos de
las mujeres y no vayan allí a aplaudir acríticamente su sanción, como “gran
avance” del “proceso de cambio”.
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